Artículo 1818 Código Civil del Estado de Guanajuato
Capítulo IX
Las ventas judiciales en almoneda, subasta o remate públicos, se regirán por las disposiciones de este Título, en cuanto a la sustancia del contrato y a las obligaciones y derechos del comprador y del vendedor, con las modificaciones que se expresan en este capítulo. En cuanto a los términos y condiciones en que hayan de efectuarse, se regirán por lo que dispone el Código de Procedimientos Civiles
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial