Artículo 2212-A Código Civil del Estado de Guanajuato
Capítulo I
Las asambleas generales de socios serán el órgano supremo de la sociedad. Podrán celebrarse de forma presencial, por videoconferencia o mixtas conforme al presente Código, y le serán aplicables las disposiciones de las asociaciones civiles relativas a las convocatorias, celebración de las asambleas y registro
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial