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Leyes Descargar AYA

Libro Cuarto — De las obligaciones

Título Primero — Fuentes de las obligaciones

Capítulo II De los contratos

Código Civil del Estado de Jalisco

Artículos 1264 al 1329 · 66 artículos

Antes del primer sección

Artículo 1264

Para la validez de un contrato se requiere:

I. Consentimiento; y

II. Objeto que pueda ser materia de contrato.

Artículo 1265

El contrato puede ser invalidado:

I. Por incapacidad;

II. Por vicios de consentimiento;

III. Porque su objeto o su causa sean ilícitos; y

IV. Por defectos en la forma establecida por la ley.

Artículo 1266

Desde el momento en que se celebra un contrato con los requisitos necesarios para su existencia, obliga no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso, costumbre o a la ley.

La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.

De la capacidad.

Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial