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Leyes Descargar AYA

Artículo 1081 Septies Código Civil del Estado de Veracruz

Libro Segundo — De los bienes Título Quinto — Del usufructo, de la superficie, del uso y de la habitación Capítulo IV Bis — Del derecho de superficie

El derecho real de superficie no se extingue por la destrucción de lo sembrado o construido, salvo pacto en contrario. En caso de destrucción, puede el superficiario construir nuevamente, respetando los plazos y condiciones de su derecho.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial