Libro Cuarto — De las obligaciones
Título Segundo — De la compra-venta
Capítulo IV De las obligaciones del vendedor
Código Civil del Estado de Veracruz
Índice de la leyArtículo 2216
El vendedor está obligado:
I.-A entregar al comprador la cosa vendida;
II.-A garantizar las calidades de la cosa;
III.-A prestar la evicción.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial