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Leyes Descargar AYA

Artículo 168 Ley para la Familia del Estado de Hidalgo

Capítulo II

La madre y el padre solteros tienen obligación de reconocer a su hijo. La filiación de los hijos nacidos fuera del matrimonio sólo se establece por el reconocimiento voluntario o por una sentencia que declare la paternidad o maternidad en su caso

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial