Artículo 852 Código Familiar del Estado de Morelos
Capítulo V
EQUIVALENCIA DE LA MASA HEREDITARIA AL RÉGIMEN DE COPROPIEDAD. Los herederos tendrán respecto a la masa hereditaria los mismos derechos y obligaciones que corresponden a los copropietarios y que establece este Código.
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Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica), con la reforma del 7 de octubre de 2026. Documento oficial