Artículo 144 Código Familiar del Estado de Sonora
Capítulo III
Los cónyuges que soliciten su divorcio por mutuo consentimiento, están obligados a presentar al Juzgado un convenio que deberá contener los siguientes puntos:
I.- Designación de la persona que tendrá, a su cuidado, a los hijos durante el procedimiento y después de ejecutoriado el divorcio, así como el arreglo de las condiciones de éstos;
II.- El modo en que se subvencionarán las necesidades de los hijos durante el procedimiento y después de ejecutoriada la sentencia de divorcio, así como la forma de hacer el pago y la garantía que lo asegurará;
III.- Designación del cónyuge que continuará habitando el domicilio conyugal, en su caso;
IV.- La cantidad que, a título de alimentos, un cónyuge deba pagar al otro durante el procedimiento y después de ejecutoriada la sentencia y la forma de hacer el pago o bien, la manifestación expresa de que ambos cónyuges quedarán exentos de toda obligación a este respecto, en caso de que así se convenga;
V.- La forma de administrar los bienes de la sociedad conyugal legal, durante el procedimiento y la de liquidar dicha sociedad después de ejecutoriado el divorcio, en los términos del artículo siguiente;
VI.- Señalar la compensación, a que tendrá derecho el cónyuge que durante el matrimonio se haya dedicado preponderantemente al desempeño del trabajo del hogar, y en su caso, al cuidado de los hijos, la cual no podrá ser superior al cincuenta por ciento del valor de los bienes que hubieran adquirido durante la vigencia del matrimonio sin importar el régimen por el cual se haya celebrado. Para efectos de lo anterior, no obstará que hubiera realizado otras labores profesionales. El Juez de lo Familiar resolverá atendiendo a las circunstancias especiales de cada caso; y VII.- Fechas en las que se realizarán las evaluaciones psicológicas, o en su caso, psiquiátricas, de las niñas, niños y adolescentes o incapaces jurídicamente, así como establecer las responsabilidades respecto del seguimiento al tratamiento de terapia, en caso de que esto resulte de dichas evaluaciones
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Texto tomado de STJ Sonora (Poder Judicial del Estado). Documento oficial