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Leyes Descargar AYA

Libro Primero — Parte general

Título Cuarto — Consecuencias juridicas del delito

Capítulo VIII Medidas de Seguridad

Código Penal del Estado de Aguascalientes

Artículo 67

Artículo 67

Las medidas de seguridad. La autoridad jurisdiccional, a petición del Ministerio Público, y con relación a los hechos punibles motivo del procedimiento, podrá aplicar, además de las penas que legalmente correspondan para cada figura típica, las siguientes Medidas de Seguridad:

I. Confinamiento;

II. Prohibición de ir a una circunscripción territorial determinada o de residir en ella;

III. Aseguramiento, destrucción y pérdida de objetos, instrumentos y productos del delito;

(REFORMADA, P.O. 29 DE JUNIO DE 2020) IV. Caución;

(REFORMADA, P.O. 29 DE JUNIO DE 2020) V. Vigilancia de Autoridad; y

(ADICIONADA, P.O. 29 DE JUNIO DE 2020) VI. Tratamiento Psicológico.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial