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Artículo 34 Código Penal del Estado de Colima

Capítulo I

Catálogo de consecuencias jurídicas accesorias para las personas morales. Las consecuencias jurídicas accesorias para las personas morales, son:

I. Disolución;

II. Suspensión;

III. Prohibición de realizar determinadas operaciones;

IV. Intervención; y V. Remoción.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Colima. Documento oficial