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Libro Primero

Título Tercero — Penas y medidas de seguridad

Capítulo II Multa

Código Penal del Estado de México

Artículos 24 al 25 · 2 artículos

Artículo 24

La multa consiste en el pago de una suma de dinero al Estado que se fijará por días multa, los cuales podrán ser de treinta a cinco mil.

El día multa equivale a la percepción neta diaria del inculpado en el momento de consumar el delito, tomando en cuenta todos sus ingresos, que en ningún caso serán inferiores al salario mínimo general vigente en el lugar donde se consumó.

En los delitos continuados se atenderá al salario mínimo vigente en el momento consumativo de la última conducta y para los permanentes el que esté en vigor en el momento en que cesó la conducta delictiva.

En caso de insolvencia del sentenciado, la autoridad judicial la sustituirá, total o parcialmente, por prestación de trabajo en favor de la comunidad, saldándose un día multa por cada jornada de trabajo.

En caso de insolvencia e incapacidad física del sentenciado, la autoridad judicial sustituirá la multa por el confinamiento, saldándose un día multa por cada día de confinamiento.

Artículo 25

Para los efectos de este capítulo y a falta de elementos específicos, se tomara como base por día multa, salvo prueba en contrario:

I. Que los empleados, técnicos, profesionistas y similares, obtiene n un ingreso diario equivalente a por lo menos dos y medio veces el salario mínimo general vigente;

II. Que los jefes en mandos intermedios, patrones, empleadores y similares, obtienen un ingreso diario equivalente a por lo menos cinco veces el salario mínimo general vigente;

III. Que los de mayor jerarquía y capacidad económica que estos últimos, obtienen ingresos diarios equivalentes a por lo menos diez veces el salario mínimo general vigente; y

IV. Que las personas que vivan y se desarrollen en los más altos estratos económico -sociales, obtienen ingresos diarios equivalentes a por lo menos veinticinco veces el salario mínimo general vigente.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial