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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — Parte especial

Título Cuarto — Delitos contra la administración de justicia

Capítulo II Fraude procesal

Código Penal del Estado de Querétaro

Artículo 290

Artículo 290

Al que para obtener un beneficio indebido para sí o para otro, simule un acto jurídico o un juicio, o un acto o escrito judiciales, o altere elementos de prueba en perjuicio de otro, se le impondrá prisión de 3 meses a 5 años y de 20 a 200 días multa.

Se entenderá simulado el juicio que se siga en contra de un depositario, si trae como consecuencia el secuestro de la cosa embargada o depositada con anterioridad en otro procedimiento judicial o administrativo.

También se entenderá simulado el que se siga contra cualquier otra persona, si con ese motivo se desposee al depositario de la cosa previamente embargada o secuestrada en otro juicio o procedimiento, siempre que éste no la reclame dentro de los 3 días siguientes.

Texto tomado de Poder Legislativo del Estado de Querétaro (LXI Legislatura). Documento oficial