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Leyes Descargar AYA

Artículo 70 Código Penal del Estado de Tamaulipas

Capítulo I

Las circunstancias que la Ley considere específicamente como descriptivas del delito o modificativas de la responsabilidad, no podrán ser tomadas nuevamente en cuenta, en la individualización de la sanción, para agravarla o disminuirla

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial