Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Libro Primero — Parte general

Título Sexto — De la aplicación de las sanciones

Capítulo VII Bases para imponer la sanción según el monto de lo obtenido o dañado

Código Penal del Estado de Tamaulipas

Artículos 95 al 96 · 2 artículos

Artículo 95

En los delitos cuya sanción se determine por el monto de lo obtenido o dañado, se atenderá a las veces del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización fijados por este Código, entendiéndose por tales lo establecido en el artículo 47

Artículo 96

En las resoluciones de orden económico que dicten los Jueces, se tomará en cuenta, cuando proceda el concepto de la Unidad de Medida y Actualización.

Se considerará lo anterior para condenar, en su caso, por el equivalente que corresponda en dinero.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial