Libro Segundo — Parte especial
Título Décimo Sexto — Delitos contra la vida y la salud de las personas
Capítulo XI Violencia en los espectáculos deportivos
Código Penal del Estado de Tamaulipas
Índice de la leyArtículo 368 Sexies
Comete el delito de violencia en espectáculos deportivos, quién en un evento deportivo, encontrándose en el interior de un estadio o recinto utilizado para ese fin o en los espacios de estacionamiento o calles circundantes inmediatas al mismo, cometa por sí o incite a otros a cometer actos que produzcan lesiones a terceros o daños a bienes muebles o inmuebles.
Se castigará con prisión de uno a cuatro años y multa de diez a ochenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las sanciones a que se haya hecho acreedor por la comisión de diverso delito.
Artículo 368 Septies
Además de las sanciones previstas en este Capítulo, a juicio del juez se podrá prohibir al inculpado asistir a estadios o recintos de espectáculos deportivos por un término de seis meses a cuatro años, en cuyo caso se ordenará la publicación especial de sentencia.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial