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Libro Segundo — Parte especial

Título Décimo Sexto — Delitos contra la vida y la salud de las personas

Capítulo XI Violencia en los espectáculos deportivos

Código Penal del Estado de Tamaulipas

Artículos 368 Sexies al 368 Septies · 2 artículos

Artículo 368 Sexies

Comete el delito de violencia en espectáculos deportivos, quién en un evento deportivo, encontrándose en el interior de un estadio o recinto utilizado para ese fin o en los espacios de estacionamiento o calles circundantes inmediatas al mismo, cometa por sí o incite a otros a cometer actos que produzcan lesiones a terceros o daños a bienes muebles o inmuebles.

Se castigará con prisión de uno a cuatro años y multa de diez a ochenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las sanciones a que se haya hecho acreedor por la comisión de diverso delito.

Artículo 368 Septies

Además de las sanciones previstas en este Capítulo, a juicio del juez se podrá prohibir al inculpado asistir a estadios o recintos de espectáculos deportivos por un término de seis meses a cuatro años, en cuyo caso se ordenará la publicación especial de sentencia.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial