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Leyes Descargar AYA

Artículo 53 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo II

Son días hábiles todos los del año, exceptuándose los sábados y domingos, los que las leyes locales o federales declaren festivos y los que correspondan a vacaciones del personal de los

tribunales de justicia conforme a las leyes de la materia. Se entiende horas hábiles las que medien desde las siete hasta las dieciocho horas.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial