Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1055 Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Capítulo PRIMERO

Intervención de los representantes de la Asistencia Pública del Estado y del Municipio.

Los representantes de la Asistencia Pública del Estado y del Municipio, circunscribirán sus intervenciones a las que les asigne la ley, cuando a falta de herederos legítimos, les corresponda heredar.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial