Libro Segundo — Proceso jurisdiccional
Título Primero — Actos preparatorios al juicio
Capítulo Sexto — De las medidas cautelares
Sección Sexta Providencias para el aseguramiento de la prueba
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero
Índice de la leyArtículo 228
Supuestos en los que proceden estas medidas. Para la conservación o aseguramiento de pruebas necesarias en una causa que vaya a iniciarse, podrán dictarse a petición de parte legítima, las siguientes medidas cautelares:
I. Examen de testigos para constancia futura, cuando exista temor justificado de que pueden faltar o ausentarse uno o más testigos, o éstos sean de edad avanzada o se hallen en peligro de perder la vida, si sus declaraciones se consideran necesarias para un juicio futuro, ya sea para probar una acción o para justificar una excepción;
II. Inspección judicial o comprobación técnica sobre el estado de personas o lugares o la calidad o condición de las cosas; y
III. Verificación o cotejo de escritos o tramitación de diligencias para la comprobación de falsedad de documentos.
Artículo 229
Requisitos de la solicitud. La petición se presentará ante el juzgador que deba conocer de la demanda y en casos de urgencia ante el del lugar en que deba recibirse la prueba. En el escrito se expresarán los motivos de urgencia, los hechos sobre los cuales versará la prueba, y además, sucintamente las demandas o excepciones a que se refiere la prueba.
Artículo 230
Práctica de la providencia. El juzgador si estima justificada la providencia, señalará día y hora para recibir la prueba, citando a la contraparte para la diligencia, mediante notificación oportuna.
En casos de urgencia excepcional podrán recibirse las pruebas sin notificación a las otras partes; pero deberá posteriormente hacerse conocer a las partes que no estuvieran presentes.
Artículo 231
Efectos de la providencia. La recepción de las pruebas preventivas no afecta la cuestión que atañe a su admisión y valor en el juicio posterior ni impide que las mismas se reiteren en el juicio sobre el fondo.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial