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Leyes Descargar AYA

Artículo 626 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nayarit

Capítulo I

No procede la excepción de conexidad:

I.- Cuando los juicios están en diversas instancias;

II.- Cuando se trata de juicios especiales; y

III.- Cuando los juzgados que conozcan respectivamente de los juicios pertenezcan a tribunales de alzada diferentes.

FALTA DE PERSONALIDAD.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nayarit. Documento oficial