Sección VII 12/03/2026 10:34 a. m. 139
Constitución Política del Estado de Guerrero
Índice de la leyArtículo 198
Los servidores públicos que incurran en responsabilidad civil serán sancionados de conformidad con lo que establezcan las leyes.
No se requerirá declaración de procedencia para su interposición.
(ADICIONADA CON LOS ARTÍCULOS QUE LA INTEGRAN, P.O. 14 DE JULIO DE 2017)
Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial