Artículo 51 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes
Capítulo VI
La Unidad Auxiliar Sustantiva de Apoyo en Litigio Estratégico fungirá como un órgano tanto de asesoría como de consulta en materia de litigación estratégica en el sistema penal acusatorio adversarial, que auxiliará técnica y jurídicamente a la Fiscalía General, a las Vicefiscalías, a las Fiscalías Especializadas, a todas las unidades que las conforman y, en especial, a los Agentes del Ministerio Público, en el desempeño de tal aspecto de sus funciones artículo 52 presente Ley, la persona titular de la Unidad Auxiliar Sustantiva de Apoyo en el Litigio Estratégico deberá acreditar que cuenta con preparación y conocimiento académicos en el sistema de justicia penal acusatorio adversarial y con experiencia mínima de tres años en el ejercicio forense, así como también deberá cubrir cualquier otro requisito que se establezca en el reglamento de la presente Ley.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Aguascalientes, con la reforma del 14 de julio de 2025. Documento oficial