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Leyes Descargar AYA

Artículo 33 Bis Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla

Capítulo VIII

La terminación del servicio de carrera ministerial, policial y pericial será:

I. Ordinaria, que comprende:

a) Renuncia;

b) Incapacidad permanente para el desempeño de las funciones; y c) Jubilación.

II. Extraordinaria, que comprende:

a) Separación por el incumplimiento de los requisitos de ingreso y permanencia; o b) Remoción por incurrir en causas de responsabilidad con motivo de su encargo.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Puebla / Orden Jurídico Poblano, con la reforma del 18 de agosto de 2023. Documento oficial