Artículo 26 Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Hidalgo
Capítulo IV
Los Agentes del Ministerio Público, Peritos, Facilitadores y Agentes de la Policía Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Hidalgo. Instituto de Estudios Legislativos.
Investigadora, serán nombrados y removidos de conformidad con el Capítulo V de esta Ley y demás disposiciones aplicables.
Los demás funcionarios y servidores públicos de la Procuraduría, distintos a los que la Ley les establece un régimen especial, serán nombrados y removidos en términos de lo que disponga el respectivo reglamento y de conformidad con la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipales, así como de los Organismos Descentralizados, para el Estado de Hidalgo.
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- Primer registro
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial