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Leyes Descargar AYA

Título Tercero — De los negocios jurídicos

Capítulo XI — De la inexistencia, la invalidez, la convalidación, la conversión y la conservación de los negocios jurídicos

Sección Quinta De la conservación

Código Civil del Estado de Coahuila

Artículos 2197 al 2198 · 2 artículos

Artículo 2197

No sólo en el caso del artículo 1930, sino cuando un negocio jurídico, en la totalidad de sus cláusulas o en una parte de ellas provoque dudas o ambigüedades en su interpretación, ésta debe hacerse en el sentido de que el negocio produzca efectos y no en el sentido de que no los produzca, salvo que ello sea imposible y en este caso se estará a lo dispuesto en el artículo 1939

Artículo 2198

Cualquiera que haya sido la denominación que los celebrantes le hayan dado a un determinado negocio jurídico, éste producirá los efectos que correspondan a su esencia y que el autor o las partes desearon al celebrarlo.

L I B R O S E X T O

DE LAS OBLIGACIONES.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial