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Leyes Descargar AYA

Título Tercero — De los negocios jurídicos

Capítulo XI — De la inexistencia, la invalidez, la convalidación, la conversión y la conservación de los negocios jurídicos

Sección Segunda De las nulidades

Código Civil del Estado de Coahuila

Artículos 2154 al 2185 · 32 artículos

Artículo 2184

Si sólo una de las partes fuere culpable del ilícito a que se refiere el artículo anterior, podrá la otra parte reclamar lo que hubiere prestado, sin tener obligación a su vez de cumplir lo que hubiese prometido, ni devolver lo que hubiese recibido.

Artículo 2185

La acción de nulidad sólo prescribe en los términos que específica y expresmante señale la ley al respecto.

DE LA CONVALIDACIÓN.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial