Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2195-A Código Civil del Estado de Guanajuato

Capítulo IV

Las asambleas de las asociaciones podrán celebrarse de forma presencial, por videoconferencia o mixtas. Las primeras son aquellas en las cuales implica necesariamente la presencia de los asociados en un domicilio físico determinado, las segundas aquellas en las cuales los asociados asisten y participan únicamente a través de medios electrónicos o plataformas digitales, y las últimas aquellas en las que se convoca a una reunión en la cual se permite a los asociados asistir al domicilio o participar a través de medios electrónicos o plataformas digitales.

(ADICIONADO, P.O. 11 DE JULIO DE 2023)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial