Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2195-C Código Civil del Estado de Guanajuato

Capítulo IV

Los medios electrónicos y plataformas digitales en los que se lleven a cabo las asambleas por videoconferencia y mixtas deberán satisfacer las características técnicas necesarias que permitan la transmisión continua, simultánea y en tiempo real de toda la duración de la asamblea, y de las deliberaciones y votaciones que se lleven a cabo durante la misma.

(ADICIONADO, P.O. 11 DE JULIO DE 2023

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial