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Leyes Descargar AYA

Artículo 1272 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo XII

Si el dueño del predio dominante se opone a las obras de que trata el artículo 1270, el Juez decidirá previo informe de peritos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial