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Leyes Descargar AYA

Artículo 1674 Código Civil del Estado de Tabasco

Capítulo II

Cuándo no ha lugar a la representación Entre personas vivas no tiene lugar la representación, sino en el caso del artículo 1666.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial