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Leyes Descargar AYA

Artículo 82 Código Familiar del Estado de Michoacán

Capítulo VI

El matrimonio se celebrará dentro de los ocho días siguientes a la presentación de la solicitud, en el lugar, día y hora que señale el Oficial del Registro Civil.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial