Artículo 99-L Código Penal del Estado de Guanajuato
Libro Primero — Parte general Título Tercero — De las consecuencias jurídicas del delito Capítulo XIV — Reparación del daño
Índice de la leyLa sola formulación de la acusación o de conclusiones acusatorias, lleva implícito pedimento de condena al pago de la reparación del daño.
Para el aseguramiento de bienes deberá mediar instancia del Ministerio Público.
(REFORMADO, P.O. 1 DE JULIO DE 2016)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial