Título Cuarto — Sanciones y medidas de seguridad
Capítulo IV Semilibertad
Código Penal del Estado de Nayarit
Índice de la leyArtículo 54
La semilibertad implica la alteración de períodos breves de reclusión y de libertad bajo tratamiento.
La excarcelación se aplicará, según las circunstancias del caso, durante la jornada de trabajo, con reclusión nocturna; por toda la semana laborable, con reclusión de fin de semana; o en el curso de ésta con reclusión durante la semana laborable.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nayarit. Documento oficial