Título Tercero — Penas y medidas de seguridad
Capítulo II Prisión
Código Penal del Estado de Querétaro
Índice de la leyArtículo 30
La prisión consiste en la privación de la libertad, su duración será de tres días a cincuenta años, y se extinguirá en los establecimientos que señale el órgano ejecutor de sanciones. . (Ref. P. O. No. 14, 2-IV-99)
Texto tomado de Poder Legislativo del Estado de Querétaro (LXI Legislatura). Documento oficial