Capítulo IX Amnistía
Código Penal del Estado de San Luis Potosí
Índice de la leyArtículo 109
Efectos de la amnistía
La amnistía extingue la pretensión punitiva o la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad impuestas, en los términos que señala la Constitución Política del Estado, con excepción de la reparación del daño, el decomiso de los instrumentos con que se cometió el delito, y de las cosas que sean objeto o producto de ésta.
Texto tomado de STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial