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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De los delitos en particular

Título Decimoprimero — Delitos contra la paz, la seguridad, la intimidad, la imagen y la igualdad de las personas

Capítulo IX Violencia por parentesco

Código Penal del Estado de Yucatán

Artículo 243 Sexies

Artículo 243 Sexies

Comete el delito de violencia por parentesco quien en contra de un niño, niña, adolescente, hombre o mujer por razón de parentesco o por ejercer la patria potestad, tutela, guarda o custodia sobre ella realice cualquiera de las conductas siguientes:

I.- Le prohíba injustificadamente iniciar o continuar actividades escolares o labores lícitas;

II.- Le imponga profesión u oficio;

III.- Le obligue a establecer o mantener una relación de noviazgo, o en su caso concubinato o matrimonio con una persona, en contra de su voluntad, o

IV.- Limite, prohíba o condicione su acceso y uso de la información de métodos de salud sexual y reproductiva. Lo anterior sin perjuicio del derecho a la educación de los padres, de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia.

Se impondrán de seis meses a tres años de prisión y de cien a trescientos días-multa. Capítulo adicionado DO 31-07-2019

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Yucatán. Documento oficial