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Leyes Descargar AYA

Artículo 319 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Baja California Sur

Sección III

Los documentos públicos expedidos por autoridades federales o funcionarios del Distrito Federal y de los Estados, harán fe sin necesidad de legalización.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial