Libro Primero — Del proceso en general
Título Primero — De la autoridad judicial
Capítulo Segundo — De la jurisdicción y competencia objetiva
Sección Séptima Conflictos del juzgamiento
Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Índice de la leyArtículo 55
Controversias funcionales de juzgamiento.
Son conflictos de Poderes o de atribuciones, los que para conocer o para no conocer, surjan entre órganos del Poder Judicial y del Ejecutivo; o, entre el Judicial y el Legislativo locales, los que se ventilarán en consonancia con los artículos 104 fracción IV y 105 fracción I inciso L) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1o, 10, 22, 23, 24 a 50 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del citado artículo 105
Artículo 56
Conflictos de jurisdicción.
Son conflictos de jurisdicción las contenciones internas del Poder Judicial, que se planteen en sentido positivo o negativo, entre tribunales del Estado de Coahuila y los Tribunales Federales o con alguno de los de cualquier Entidad Federativa o del Distrito Federal, que se resolverán de acuerdo con lo ordenado por el artículo 106 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 21, fracciones VI y VII de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y, los artículos 30 a 36 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Artículo 57
Controversias de competencia.
Los conflictos de competencia se presentan cuando dos órganos jurisdiccionales del Estado de Coahuila, pretendan conocer o dejar de hacerlo, respecto de negocios, basados en alguno de los criterios fijados en el artículo 26 de este Ordenamiento, y su promoción, procederá por la vía de la declinatoria, previo el cumplimiento del artículo 19, fracción IX de este código.
SECCIÓN OCTAVA
Substanciación y decisión de los conflictos de competencias.
(REFORMADO, P.O. 23 DE ENERO DE 2018)
Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial