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Leyes Descargar AYA

Artículo 94 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla

Capítulo OCTAVO

Las correcciones disciplinarias, son los medios a través de los cuales, la autoridad jurisdiccional, mantiene el orden, disciplina y respeto dentro de su Tribunal o en el desahogo de cualquier diligencia que por su naturaleza deba practicarse fuera de ese recinto.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial