Título XII — De la administracion general
Capítulo II De la salud publica
Constitución Política del Estado de Chihuahua
Índice de la leyArtículo 155
Todos los habitantes del Estado tienen derecho a la protección de la salud. La salud pública estatal estará a cargo del Ejecutivo, por conducto de la dependencia que determine su ley orgánica.
(ADICIONADO, P.O. 11 DE AGOSTO DE 2012) Los pueblos indígenas tienen derecho al uso y desarrollo de su sistema médico tradicional.
(ADICIONADO, P.O. 11 DE AGOSTO DE 2012) También tienen derecho al acceso, sin discriminación alguna, a todas las instituciones de salubridad y de servicios de salud y atención médica. Los servicios de salud que el Estado proporcione a los pueblos indígenas se planearán y desarrollarán en coordinación con éstos, en su lengua, de acuerdo a su sistema médico tradicional y formas de organización social, económica, cultural y política.
(REFORMADO, P.O. 1 DE OCTUBRE DE 1994)
Artículo 156
La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud.
(REFORMADO, P.O. 12 DE DICIEMBRE DE 2009)
Artículo 157
Los servicios de salud que dentro de su competencia preste el Estado, con la concurrencia de los municipios, serán: atención médica, salud pública y para la asistencia social.
(REFORMADO, P.O. 1 DE OCTUBRE DE 1994)
Artículo 158
Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.
(REFORMADO, P.O. 1 DE OCTUBRE DE 1994)
Artículo 159
El ejercicio de profesiones, especialidades, actividades técnicas y auxiliares en el área de salud estará sujeto a los requisitos y condiciones que establezcan las leyes.
(REFORMADO, P.O. 1 DE OCTUBRE DE 1994)
Artículo 160
La Legislatura del Estado establecerá las normas sobre salud que no sean de la competencia exclusiva del Congreso de la Unión.
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 1 DE OCTUBRE DE 1994)
Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial