Artículo 152 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes
Capítulo IV
El Servicio Profesional de Carrera es el sistema de ingreso, administración y control del personal operativo, que promueve su profesionalización continua, una actitud de servicio y el apego a los principios de la Fiscalía General y a los valores humanos; con el propósito de fortalecer la confianza ciudadana en la Institución del Ministerio Público, de mejorar la calidad del servicio y de contar con servidores públicos capaces, así como de asegurar el desarrollo y la permanencia de estos en la Fiscalía General, a través de la implementación de mecanismos que garanticen la igualdad de oportunidades para el ingreso, el ascenso y la obtención de estímulos y reconocimientos, con base en el mérito y la experiencia.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Aguascalientes, con la reforma del 14 de julio de 2025. Documento oficial