Artículo 38 Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México
Capítulo OCTAVO
Las y los peritos en ejercicio de su encargo tienen autonomía técnica, por lo que las solicitudes del Ministerio Público o de la Policía de Investigación no afectarán los criterios que emitan
en sus dictámenes.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de LEGISTEL - Gobierno del Estado de México, con la reforma del 4 de febrero de 2026. Documento oficial