Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 41 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Tabasco

Capítulo VIII

Responsabilidades civiles, administrativas y penales

Los servidores públicos de la Fiscalía serán sujetos de las responsabilidades civiles, administrativas y penales que correspondan, por hechos u omisiones que les sean atribuibles con motivo del ejercicio de sus funciones, de conformidad con las leyes, ordenamientos y procedimientos aplicables.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Tabasco, con la reforma del 7 de noviembre de 2018. Documento oficial