Artículo 1033 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo V
El testamento privado necesita además para su validez, la declaración judicial de estar arreglado a derecho, que se dicte conforme al artículo 1035, teniendo en cuenta las declaraciones de los testigos que firmaron u oyeron, en su caso, la voluntad del testador.
La declaración a que se refiere el párrafo anterior será pedida por los interesados, inmediatamente después que supieren la muerte del testador y la forma de su disposición
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial