Artículo 2122 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo II
La venta es perfecta y obligatoria para las partes, por el sólo convenio de ellas respecto al bien vendido y el precio, aunque el primero no haya sido entregado ni el segundo satisfecho.
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial