Artículo 3218 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo VII
Si el heredero tiene la elección, puede entregar el bien de menor valor si la elección corresponde al legatario, puede escoger el bien de mayor valor.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.
Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial