Artículo 556 Código Civil del Estado de Tabasco
Capítulo X
Carrera u oficio del menor El tutor encausará al menor a la carrera u oficio que éste elija, según sus circunstancias. Si el tutor infringe esta disposición, podrá el menor solicitar al Juez dicte las medidas convenientes
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial