Artículo 611 Código Civil del Estado de Tabasco
Capítulo XI
Rendición de cuentas al tutor que reemplaza El tutor que sea reemplazado estará obligado, y lo mismo sus herederos, a rendir cuenta general de la tutela al que le reemplaza.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial