Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 44 Ley para la Familia del Estado de Hidalgo

Capítulo V

Los cónyuges están obligados a vivir juntos en el domicilio prefijado de común acuerdo. Si el interés familiar está en peligro o afectado, deberán eximirse de esta obligación, autorizados por el juez familiar. Al cesar el peligro, los cónyuges deberán reunirse nuevamente

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial