Artículo 66 Código Familiar del Estado de Oaxaca
Capítulo V
Son carga de la sociedad legal:
I. Las pensiones y réditos devengados, durante el matrimonio, de obligaciones a que estuvieren afectos los demás bienes propios de los cónyuges y los que formen el fondo social;
II. Los impuestos y los gastos de conservación y reposición indispensables para la conservación de los bienes propios de cada cónyuge, o los que se hicieren en relación con los bienes del fondo social;
III. La obligación de pagar alimentos a los acreedores alimentarios; y
IV. Los gastos de inventario y los demás que se causen en la liquidación y entrega de los bienes que formaron el fondo social.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial