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Libro Primero

Título Quinto — Extinción de la acción penal

Capítulo III Perdón de la victima u ofendido

Código Penal del Estado de Sonora

Artículo 91

Artículo 91

El perdón de la víctima u ofendido extinguen la acción penal cuando concurran estos requisitos:

I. Que el delito sólo pueda per seguirse a petición de parte ofendida y en los casos señalados en este Código;

II. Que se conceda ante el Ministerio Público si éste no ha ejercitado la acción penal, o se otorgue ante el órgano jurisdiccional antes de pronunciarse sentencia en segunda instancia. Una vez otorgado el perdón, éste no podrá revocarse; y

III. Que se otorgue por la víctima u ofendido o por la persona que reconozca aquél ante la autoridad como su legitimo representante, por quien acredite legalmente serlo, o en su defecto, por tutor especial que designe el Juez que conoce del delito.

Cuando sean varias las víctimas u ofendidos y cada uno pueda ejercer separadamente la facultad de perdonar al responsable del delito y al encubridor, el perdón sólo surtirá efectos por lo que hace a quien lo otorga.

El perdón sólo beneficia al imputado en cuyo favor se otorga, a menos que la víctima u ofendido o el legitimado para otorgarlo, hubiese obtenido la satisfacción de sus intereses o derechos, caso en el cual beneficiará a todos los imputados y al encubridor.

El perdón de la víctima u ofendido, también extingue la ejecución de la pena, siempre y cuando se otorgue en forma indubitable ante la autoridad ejecutora y se satisfagan los requisitos antes señalados, con excepción de lo establecido en la fracción II de este artículo.

No procederá el perdón del a víctima u ofendido en el caso del delito de violencia familiar previsto en el Capítulo IV del Título Decimotercero de este Código.

La autoridad competente, al momento de recabar el perdón verificará que ha quedado cubierta o, en su defecto garantizada fehacientemente la totalidad de la reparación del daño a satisfacción de la víctima u ofendido.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sonora (API gestión). Documento oficial